lunes, 18 marzo 2024
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TSJ ordena a los jueces penales que inicien cinco juicios por semana para combatir el retardo procesal

La Sala de Casación Penal aprobó resoluciones en las que gira instrucciones a los jueces para acelerar los procesos. La instancia también tomó medidas para la fase de investigación y la ejecución de las sentencias. | Foto cortesía

Iniciar cinco juicios a la semana y continuar con otros dos en el mismo período, es una de las instrucciones que el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) les ha girado a los jueces penales, en un nuevo intento de acelerar los juicios y combatir el retardo procesal y el hacinamiento existente en las cárceles y en los centros de detención preventiva.

La medida figura en el artículo 7 de la resolución que contiene las pautas y directrices para el correcto desarrollo del Plan de Agilización de las audiencias correspondientes a la fase de juicio oral del proceso penal, que la Sala de Casación Penal aprobó el pasado 29 de abril.

El texto, que contiene 18 disposiciones, también manda a los jueces penales a “clasificar las causas con detenidos en centros de detención policial, de acuerdo al menor número de órganos de prueba, a fin de estimar la cantidad aproximada de audiencias que se requiere por cada juicio, y conforme a estos parámetros seleccionar fecha y hora”.

Asimismo, el máximo juzgado estableció que a partir de ahora las citaciones de las partes (defensa y Fiscalía, víctima, testigos, peritos o expertos) “se harán solo por vía telefónica, correo electrónico, o mensaje de datos” para reducir no solo costos, sino los tiempos de espera y evitar problemas con el envío de las notificaciones físicas.

Otra medida con la que la sala espera agilizar los procesos es la referida a poner límite a las intervenciones de los fiscales, los abogados defensores, las víctimas, testigos o expertos citados. En la disposición 14 de la resolución, el TSJ instruye a los jueces a fijar “límites máximos igualitarios para todas las partes en el discurso inicial y en las conclusiones, e interrumpiendo a quien haga uso manifiestamente abusivo de su facultad”, tal y como lo prevé el artículo 324 del Código Orgánico Procesal Penal (COPP).

Para facilitar esto último, en el artículo 15 el texto prevé que “se elaborará un guión o desarrollo del debate en cada expediente, donde conste las normas relacionadas con la formalidad del juicio oral, los hechos objeto del debate que serán impuestos al acusado, así como la mención de los medios tecnológicos utilizados”.

Pero el TSJ no solo tomó medidas para agilizar los juicios, sino también la fase de investigación y la ejecución de las sentencias, en las cuales se les ordena dar prioridad a aquellos casos en los que el imputado o condenado esté tras las rejas, pero tomando en consideración “el tiempo de privación de libertad, delito, situación procesal”, para fijar las respectivas audiencias.

Un saludo a la bandera

 Las medidas del máximo juzgado fueron saludadas por los penalistas Joel García y Jesús Loreto, quienes no obstante, expresaron sus reservas sobre la efectividad que tendrán las instrucciones del TSJ.

“Nuestro proceso es demasiado dilatado, pero no porque el COPP establezca eso, sino porque no tenemos el personal más capacitado para que ejecute las audiencias”, declaró García, quien agregó: “Yo estoy de acuerdo con que se tomen medidas para agilizar los juicios; con lo que no estoy de acuerdo es con que se pretenda limitar las intervenciones, sobre todo en las conclusiones. Yo hoy (por ayer) estoy esperando la audiencia del magnicidio, la cual comenzó en 2019 y el Ministerio Público ha presentado más de 180 órganos de prueba. El juez debe permitirme rebatirlos y no puede fijarme 10 o 20 minutos, cuando el Ministerio Público estuvo siete meses exponiendo los hechos”.

Loreto, por su parte, también consideró “acertadas” algunas de las directrices, aunque lamentó que las mismas deban ser objeto de una resolución y “no sean evidentes para los jueces de juicio”. Sin embargo, puso en duda que algunas de las medidas puedan llevarse a efecto, en especial las relacionadas con el uso de nuevas tecnologías.

“El sistema no está preparado para enviar emails de manera confiable; no hay cómo certificar el envío o recepción de emails, y los tribunales se ven forzados a usar cuentas gratuitas de correo, lo que hará que proliferen estafas o que haya citaciones que jamás lleguen a su destino. El otro inconveniente es la dificultad y tardanza para realizar los traslados, porque no hay centros de reclusión de transición. En todos los países con sistemas de administración de justicia más o menos confiables, los traslados se hacen en días previos a centros contiguos a los tribunales, donde se hospedan los presos durante los días de juicio. Esta audiencia hará difícil que los juicios comiencen a las 9:00 de la mañana”, explicó.

Por último, el penalista afirmó que el problema del retardo procesal en Venezuela se debe a tres factores: “La infraestructura, la carencia de recursos y las sucesivas reformas del COPP, que no atienden la realidad venezolana”.